Tony Mendez

Muchas veces, en Alpine Legal Services escuchamos de personas que “ayudan” a individuos a llenar documentos legales. Muchos se hacen llamar “Notarios”. En Colorado, el término “Notario Público” se refiere a un individuo que ha sido examinado por el Estado de Colorado para preparar, atestar, autenticar y certificar documentos con efectos legales. Esta es su única capacidad. Aunque cualquier persona le puede ayudar a llenar documentos legales, es importante saber que no toda persona puede dar consejo legal, y que el ejercicio de la ley sin licencia tiene consecuencias.

En Colorado, cada persona que desea ejercitar la ley debe tener licencia, o autorización de la Corte Suprema de Colorado, para hacerlo. Para proteger al público general, la Corte Suprema regula el ejercicio de la ley sin licencia. Para lograr esta meta, la Oficina de Consejería de Regulación de Abogados investiga y persigue reclamos relacionados al ejercicio de la ley sin licencia.

Al investigar y perseguir casos de práctica sin autorización, la Corte puede prevenir que un individuo continúe ejecutando la ley sin licencia. Esto se trata por medio de un mandato civil, o un acuerdo entre el estado y el individuo.

El mandato civil, o el acuerdo firmado entre las partes, solamente está diseñado para prevenir el futuro ejercicio de la ley sin licencia.  No incluye algún remedio para el interés propio que fue roto por la persona no autorizada para practicar derechos. Si una persona ha sufrido pérdida financiera o patrimonial, sus derechos deben ser reforzados por los medios usuales en contra de la persona responsable por la pérdida. Esto usualmente significa una demanda civil.

Los abogados también tienen mandatos relacionados con personas no autorizadas para ejercer derechos. La Regla de Conducta Profesional 5.5 se refiere a la ejecución de la ley sin licencia. La regla ordena que los abogados no asistan a ninguna persona que no tenga licencia para practicar derechos, a llevar a cabo alguna actividad que constituye la ejecución de la ley sin licencia. La regla también requiere que un bufete no emplee, asocie profesionalmente, o permita que la persona que el abogado sabe ha sido discapacitado, suspendido, o esté en estado inactivo por discapacidad, otorgue consejo legal, o negocie en nombre de un cliente del bufete. Si un bufete tiene como parte de su nombre, el nombre de alguien que ha perdido su licencia, el nombre del bufete debe cambiar. Un poco confuso, pero lo explicaré en el párrafo siguiente.

Donde los abogados pueden caer en problemas sobre este tema es en relación a los empleados que mantienen. Si un abogado emplea a alguien que ha perdido su licencia de derechos, esa persona todavía puede trabajar para el bufete, pero solo en una capacidad preparatoria. El abogado manejando el caso tiene el deber de avisar al cliente que la persona preparando los documentos no puede practicar derechos, y simplemente está ayudando al abogado a preparar el caso.

Muchos abogados también mantienen asistentes legales, secretarios, intérpretes, etcétera. Al menos que algunas de estas personas también tengan licencia para ejercitar derechos, ni uno de ellos puede dar consejo legal. Si ellos dan consejo legal, la pregunta más lógica es si ellos simplemente están dando la información que dio el abogado, o si es consejo legal que ellos dieron sin autorización del abogado supervisor.

Igual como los abogados deben tener cuidado a quien emplean en su despacho, todo aquel que acuda a un “Notario” en Colorado, para recibir servicios debe tener cuidado. Es importante saber que calificaciones tiene esta persona, y si en realidad puede ayudarle con temas legales, o si simplemente pueden proporcionar servicios para llenar documentos. La Corte tiene empleados cuyo único trabajo es ayudar a individuos a llenar documentos legales. Su título es Coordinadores para Litigantes Auto-Representados. Cada corte tiene al menos uno de estos empleados, y no cobran por su tiempo. Entonces, ¿cuál es el afán de visitar un Notario en Colorado? ¿Y, en realidad, que tanta ayuda otorgan?