El desacato, o desobediencia a la corte, es un tema el cual sorprendentemente ocurre a menudo. En seguida, voy a definir qué significa estar en desacato, qué tipos de desacato existen, y cuáles sanciones se pueden pedir.
Las Reglas de Procedimiento Civil de Colorado definen cuando alguien está en desacato al tribunal. Incluyen, por ejemplo, conducta desordenada o disruptiva, perturbación violenta hacia la corte, comportamiento que obstruye la administración de justicia, y desobediencia o resistencia hacia algún proceso judicial u orden legal.
El desacato puede ser directo, o sea un hecho que la corte vio o escuchó que es tan extremo que no es necesario dar advertencia, o un hecho repetido a pesar de la advertencia del tribunal que uno desista. También, el desacato puede ser indirecto, es decir un hecho que ocurrió fuera de la vista o el oído de la corte.
Las sanciones por el desacato pueden ser punitivas o remediales. Sanciones punitivas incluyen como castigo fianza incondicional, prisión por una sentencia fija, o ambas cosas. Esta sanción se da por conducta que la corte, o el juez, magistrado, comisionado, o algún otro maestro desempeñando funciones oficiales, encuentra ser ofensivo hacia la autoridad y dignidad de la corte. Sanciones remediales se imponen para forzar cumplimiento con una orden legítima o para obligar el rendimiento de un hecho dentro del poder de la persona.
Por el desacato, la corte entra a procedimientos judiciales. Si el desacato es directo, entonces el procedimiento es breve y conciso. La corte hace una orden, dentro de la audiencia o en modo escrito, relatando los hechos que constituyen el desacato. Si el desacato es indirecto, y un pedido de alivio se ha entregado a la corte, la corte ordena que el acusado se presente frente al juez para explicar porque no debe ser castigado. El fallar a presentarse ante el juez, en el día y la hora ordenada, causará que una orden de arresto sea hecha.
Durante la audiencia frente al juez, si el desacato es punitivo, el acusado tendrá la oportunidad de conseguir consejo legal. Esto es porque encarcelamiento es uno de los remedios contemplados y uno tiene derecho de consejo legal antes de tomar una decisión que le afecte su libertad. En esta situación, el acusador tendrá el deber de probar al juez que no hay ninguna duda que el acusado cometió la contención contemplada. Si el desacato es remedial, las sanciones y los remedios que la corte ordena dependen del alivio que la persona haya solicitado en su pedido de alivio. Esto puede incluir tarifas legales en conexión con el pedido de alivio.
Al final del día, la corte quiere asegurarse de que lo ordenado por el tribunal se cumpla. Estas órdenes ocurren en todo tipo de caso, es decir, por ejemplo, en casos de divorcio, custodia, protecciones civiles, contratos rotos y casos criminales. Aunque un demandado puede purgar el desprecio hacia la corte, o demandante, después de un pedido de alivio, los gastos, o sea emocionales o monetarios, sin embargo se acumulan. Es mejor, en mi opinión, obedecer lo ordenado dentro de un caso para salvarse del dolor de cabeza que trae un pedido de desacato.
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